Normas NOM para alumbrado público en Mexico

Normas NOM para alumbrado público en Mexico

Normas NOM para alumbrado público en Mexico

 

Mencionaremos algunas Normas Oficiales Mexicanas que  se deberán cumplir para proyectos de alumbrado público.

 

Para tales proyectos existe un manual de iluminación vial que expone la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (STC), pero también la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE) pone a disposición las NOM.

 

Aunque la normativa que fija los niveles de eficiencia energética y de luminancia para cada proyecto es la 013, la CONUEE añade normas que complementan en función de los materiales y productos que se utilicen, así como de las instalaciones eléctricas.

 

  • NOM-013-ENER-2013 Eficiencia energética para sistemas de alumbrado en vialidades

 

Esta normativa fija los niveles de eficiencia energética en relación a los valores más altos de Densidad de Potencia Eléctrica para Alumbrado (DPEA). También establece los valores promedio que deben utilizarse en vialidades en las diversas aplicaciones existentes.

 

Lo anterior es con el fin de que se diseñen o construyan estos proyectos con las mejores innovaciones y aplicaciones tecnológicas que repercutan en la eficiencia del sistema de alumbrado público, es decir, que proyecte iluminación de calidad ahorrando la mayor cantidad de energía posible.

 

  • NOM-031-ENER-2012 Eficiencia Energética para Luminarias con LEDs destinados a Vialidades y Áreas Exteriores Públicas. Especificaciones y Métodos de Prueba

 

Fija las precisiones necesarias en relación en la eficacia luminosa paras las lámparas LED que están destinadas a utilizarse en vialidades y zonas exteriores de carácter público. Además establece los métodos necesarios para probar dichas luminarias y así verificar su calidad.

 

De igual manera expone la información con las propiedades técnicas requeridas que deben tener estas luminarias según el uso que éstas tengan destinado.

 

Se aclara que esta normativa es para los productos que sean comercializados dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, en función de que los productos para el alumbrado público puedan operar de manera eficiente y ahorren energía.

 

  • NOM-028-ENER-2010 Eficiencia energética para Lámparas de Uso General. Límites y Métodos de Prueba

 

Se aplica para las luminarias de empleo general en relación a los áreas residenciales, comerciales, de servicios, industriales y de alumbrado público que sean comercializadas dentro del territorio de México.  

 

  • NOM-058-SCFI-1999 Productos Eléctricos-Balastros para Lámparas de Descarga Eléctrica en Gas- Especificaciones de Seguridad

 

Precisa los puntos de seguridad que necesitan tener los balastros para lámparas de descarga eléctrica en gas. Lo anterior es con el fin de prevenir y erradicar riesgos para la inocuidad corporal de los usuarios, así como para que se conserven sus bienes.  

 

  • NOM-064-SCFI-2000 Productos eléctricos- Luminarias para Uso en interiores y exteriores- Especificaciones de seguridad y métodos de prueba

 

Dicha norma dicta las condiciones de seguridad y los métodos de prueba que deben aplicarse a las lámparas tanto para interiores como exteriores, ya sean luminarias fluorescentes, de descarga de alta intensidad, de tungsteno-halógeno, o de vapor de sodio de baja presión.

 

No aplica para lámparas de señalización, sumergibles, de aplicaciones terapéuticas, para sistemas de emergencia, para equipos instalados en sistemas de iluminación de corriente directa menores a 24 V nominales y también para zonas áreas clasificadas o peligrosas.

 

  • NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones Eléctricas (Utilización)

 

El fin de esta norma es detallar las especificaciones y lineamientos técnicos que necesitan tener las instalaciones designadas al uso de la energía eléctrica.

 

Lo anterior es con el objetivo de que brinden las condiciones pertinentes en función de seguridad, tanto para las personas como para la infraestructura,  en relación a la protección frente a descargas eléctricas, efectos térmicos, sobrecalentamientos, corrientes de falla y sobretensiones.

 

Además de las Normas Oficiales,  se tendrán que observar las Normas NMX -J-510-ANCE-2011 y NMX-J-507/1-ANCE-2013.

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